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Modificación de la Ley 9/1991 del canon de saneamiento

Publicado por el 6 de febrero, 2013

Modificación de la Ley 9/1991 del canon de saneamiento

Con la aprobación de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2013, el Govern de les Illes Balears ha modificado la Ley 9/1991, de 27 de noviembre, reguladora del canon de saneamiento de aguas. En resumen, la mayor diferencia respecto al funcionamiento de los años anteriores es la progresión de tarifas por tramos, así como un aumento aproximado de un 10% de la cuota fija. Nuestro programa de facturación de aguas ya contempla la modificación de las tarifas, por lo que dicho cambio no supone ningún problema. A continuación os detallamos la disposición final cuarta del BOIB en la que se especifican detalladamente las cuotas actuales: 1. La cuota del canon de saneamiento está constituida por la suma de la cuota variable, en función del consumo, y la cuota fija. 2. La cuota variable será: a) Con carácter general, de 0,286479 euros por cada metro cúbico. b) En el caso de consumos domésticos relativos a viviendas y de consumos relativos a establecimientos hoteleros, o categorías equiparables, se establecen las siguientes cuotas variables por metro cúbico, en función de la escala por bloques de consumo mensuales que se indica, por cada vivienda o plaza de establecimiento: Bloque Consumo m³/mes Cuota variable/m³ Bloque 1 Entre 0 y 6 0,277866 Bloque 2 Más de 6 y hasta 10 0,416749 Bloque 3 Más de 10 y hasta 20 0,555732 Bloque 4 Más de 20 y hasta 40 1,111464 Bloque 5 Más de 40 1,666196 Por lo que respecta al consumo doméstico de viviendas, en los casos en que el suministro de agua se realice y se facture a comunidades de propietarios u otras entidades análogas integradas por una pluralidad de propietarios de viviendas o establecimientos, tendrán la condición de abonados, a los efectos de la determinación de la cuota variable que establece este apartado, cada una de las viviendas o establecimientos que la integran, además de la propia comunidad o entidad si esta dispone de, al menos, un punto de suministro. En estos casos, a efectos de la determinación de la cuota variable aplicable, ha de tenerse en cuenta el consumo mensual que resulte de dividir la cantidad total de agua suministrada cada mes a la comunidad o entidad entre el número de viviendas o establecimientos que la integran, además de la propia comunidad si esta dispone de, al menos, un punto de suministro. Por lo que respecta al consumo en establecimientos hoteleros, la escala ha de aplicarse en función de las plazas del establecimiento, de manera que, a los efectos de la determinación de la cuota variable aplicable, ha de tenerse en cuenta el consumo mensual que resulte de dividir la cantidad total de agua suministrada cada mes al establecimiento hotelero, entre el número de plazas del establecimiento. 3. La cuota fija ha de determinarse mediante la aplicación de los elementos tributarios correspondientes, de acuerdo con las siguientes tarifas mensuales: A. Tarifa doméstica: Por cada vivienda: 3,886145 euros. B. Tarifa industrial: B.1. Tarifa hotelera: B.1.1. Por cada plaza en establecimiento hotelero o similar de 5 estrellas o categoría equiparable: 3,886145 euros. B.1.2. Por cada plaza en establecimiento hotelero o similar de 4 estrellas o categoría equiparable: 2,908056 euros. B.1.3. Por cada plaza en establecimiento hotelero o similar de 3 estrellas o categoría equiparable: 1,947440 euros. B.1.4. Por cada plaza en establecimiento hotelero o similar de 2...

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Traspaso a SisConta

Publicado por el 19 de diciembre, 2012

Traspaso a SisConta

Traspaso facturas y cobros a SisConta Menú principal facturar Opción exportación a contabilidad Opción Sisconta Opción Exportación facturas y cobros...

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Facturas ISP (exentas IVA)

Publicado por el 15 de noviembre, 2012

Facturas ISP (exentas IVA)

Cómo hacer facturas SIN IVA (inversión sujeto pasivo) con Sisfactu. Para empresas dedicadas a urbanización de terrenos, construcción o rehabilitación  de edificios   IVA: Antes de facturar un trabajo, hacer el cambio masivo de IVA a IVA EXENTO. De la misma forma como se hace al cambiar el IVA dependiendo de si es una obra nueva o una reforma. TEXTO LEGAL: «operación sujeta a inversión del sujeto pasivo en virtud del artículo 84.UNO.2º f) de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido». Disponemos de varias opciones : a) Texto legal aparece en el detalle de la factura, es un artículo adicional de comentario. Crear el artículo *01 y añadiendo en la descripción ampliada el resto de texto que no quepa en el campo descripción. Este artículo comentario deberá estar en todas las facturas de ISP (exentas) b) Texto legal aparece arriba del documento antes del detalle de la factura.   Copiar y pegar el texto en la sopala ‘comentario’/Control+F7 de la factura.   c) Texto legal aparece a pie de pàgina. Hay dos opciones: Crear una serie de facturas (no de trabajos ni albaranes) por ejemplo ISP/1 y en los comentarios de la serie añadir el texto legal. Cada vez que vayamos a facturar una factura ISP (Exenta) tendremos que seleccionar la serie ISP, de lo contrario, la factura no seria correcta al no aparecer el texto legal. Muy importante, si se realiza desde Sisfactu algún tipo generación de fichero para el pase de facturas a contabilidad, se deberá comprobar si existen ‘Referencias de pase’ y si esta nueva serie se debe o no incluir en ellas. Crear un segundo modelo de factura. En este caso NO será necesario crear una nueva serie de numeración de facturas, pero a la hora de imprimir la factura, sólo si es una factura de ISP (Exenta) deberemos seleccionar el modelo de factura que imprima el texto legal. En este caso, dicho texto sólo podrá ser modificado por el personal de programación de Menorca Zeros i...

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Publicada revisión 1.03.2

Publicado por el 10 de octubre, 2012

Publicada revisión 1.03.2

Acabamos de publicar una revisión de la última versión 1.03 de iEnergo donde se optimizan algunos procesos y se añaden mejoras internas en la generación de MEMOs. Recordamos los últimos cambios desde la versión 1.01: Cambios versión 1.02 a 1.03 Versión 1.03 Listado completo de novedades y mejoras

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Cobros en metálico

Publicado por el 6 de septiembre, 2012

Cobros en metálico

Desde la versión 5.00.03 se ha mejorado sustancialmente la gestión de cobros en metálico. Existen algunas mejoras a destacar: Nuevo listado de cobros en metálico en Informes -> Registro de cobros en metálico. Mostrar en extractos y diario los cobros en metálico con un icono de un fajo de billetes Opción de marcar un cobro en metálico en el extracto de las cuentas de caja (570). Nos centraremos en las dos últimas mejoras:   Si queremos marcar o desmarcar como cobro metálico un apunte de caja, pulsaremos sobre el botón del fajo de billetes. Entonces aparecerá este formulario: Este formulario nos propone marcar el cobro como metálico (casilla de verificación) pero este cobro no se entenderá como tal hasta que no se introduzca el NIF del cliente....

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